11 Abr 2022
FINALMENTE, EL BOE. HA PUBLICADO LA SENTENCIA DEL TC. QUE DECLARA INCONSTITUCIONAL ALGUNOS ARTICULOS DE LA LEY DE CATALUNYA 11/2020 EN MATERIA DE CONTENCION DE RENTAS EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
El Tribunal Constitucional declara inconstitucionales y nulos los artículos 1, 6 a 13, 15 y 16.2; las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera; la disposición transitoria primera y la disposición final cuarta, letra b); la disposición adicional cuarta y la disposición final tercera de la Ley Catalana 11/2020 de 18 de septiembre.
La Ley fue publicada 8 de abril y entro el vigor el día siguiente es decir el 9 de abril de 2022 y cabe resaltar:
- Las rentas de los arrendamientos de vivienda no tendrán ninguna limitación y serán las que libremente estipulen las partes.
- Se tendrá que informar igualmente del índice de referencia en la Publicidad y adjuntar el Certificado informativo del Índice de Referencia de precios de alquiler en los contratos de arrendamiento.
- Los contratos de arrendamiento vigentes es decir los firmados con anterioridad al 11 de abril de 2022 se mantendrán hasta su vencimiento.
Barcelona 11 de abril de 2022.